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Los vecinos molestos y las dispocisiones legales

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Colombia es el país mas alegre según los medios de comunicación, cuenta con puentes festivos periódicamente cortos, adicional a eso las rumbas comienzan los viernes y terminan los lunes, pero qué pasa cuando usted es un ciudadano común, tiene que madrugar a trabajar pero, al lado de su casa habita un rumbero que lo mantiene despierto hasta la madrugada. no te preocupes presta atención a este post y ponga en práctica lo que te recomendamos.

Para el año 2009 se resolvió la tutela 166 del mes de marzo en la Corte Constitucional, y señalo que en casos de ruido en espacios no comerciales seria considerado como una violación a la intimidad y la tranquilidad, por lo tanto le exigió a las alcaldías locales e instituciones de control publico para la aplicación de disposiciones legales sobre el uso del suelo y las emisiones de ruido en espacios considerados para el descanso de los ciudadanos.

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El ruido es reconocido a nivel mundial como un agente contaminante del medio ambiente y en caso de presentarse perturbaciones sonoras en niveles que afecten a otras personas  implica una acción indebida que lesiona el derecho a la intimidad personal y familiar, lo que puede como consecuencia convertirse en una violación a los derechos establecidos en la constitución política. El tramite para resolver estos casos no necesitan de un abogado para representar las personas naturales.

Estas sugerencias las hace el ministerio de justicia para que se lleguen a acuerdos con los vecinos para adoptar medidas que conlleven una pronta solución. y están disponibles en la plataforma virtual del ministerio, para ver las disposiciones da clic aquí.

Los lugares para presentar una denuncia son los siguientes: casas de justicia, centros de conciliación y convivencia ciudadana, conciliadores en equidad, defensoría del pueblo, inspecciones de policía y personerías municipales, cualquiera de estos establecimiento cuenta con asesores directos para orientar a los afectados.

Antes de acudir a las autoridades competentes, primero acuda al comité de convivencia en su edificio, o junta de acción comunal del barrio donde vive, de ser muy urgente puede solicitar la mediación de la policía nacional para que haga el llamado de atención pertinente al infractor, la línea que esta disponible para estas eventualidades es el numero 123 de la policía nacional, en caso de presentarse alguna mora en el servicio puede acercarse al CAI mas próximo a su lugar de residencia. En el caso que la visita de la policía sea efectiva, el ente de control deberá entregar una copia del informe de visita, lo que servirá como un soporte en caso de reincidencia del vecino conflictivo.

Si el vecino, luego de la amonestación verbal por parte de la policía continua perturbando la tranquilidad de sus vecinos, se puede presentar una querella ante el inspector de policía del municipio, este citará a las partes para llegar a una solución pronta, en caso de no conciliar se procederá a amonestar en audiencia pública, multa y si es posible se hará decomiso de los componentes ruidosos como bocinas y equipos de sonido.

La solución de conflictos se logra en ocasiones, gracias a la intervención de centros de convivencia que realizan los trámites de negociación, cuando no se cumplen los planteamientos del inspector de policía, se pueden imponer multas o procedimientos penales por desacato ala autoridad y omisión a resoluciones administrativas, no se puede pedir mucho sólo ser un buen vecino. (Lee también: La garantía, un derecho de los consumidores)

Fuente: El Tiempo