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¿Qué hacer si su empresa no le paga sus prestaciones o salario?

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Cuando un empleado no recibe la cancelación a tiempo de los salarios, primas de servicios, consignación de cesantías, licencias de maternidad, entre otros beneficios planteados por el ministerio de trabajo puede acudir a algunos mecanismos legales que le permiten obtener el pago de lo debido y las indemnizaciones por los daños causados. El trámite de estos procesos no tienen costo y tampoco no necesita de abogados para ser presentados ante el ministerio de trabajo y las autoridades competentes.

Tenga en cuenta que el empleador debe ponerse al día con el trabajador antes de liquidarlo, de no hacerlo se verá obligado a pagar adicional a la deuda una bonificación por los daños causados, algo que en Colombia se le conoce como "salario caído" que corresponde al pago de un día de salario por cada día de retraso en el pago de salario y prestaciones. si el trabajador gana mas de un salario mínimo, el empleador deberá pagar un día de salario por cada día de retraso, si la deuda trasciende a los dos años en mora se comenzará ha hacer un cobro con el pago de intereses de mora.

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Recuerde que las autoridades competentes para el análisis de estos casos, están distribuidos estratégicamente para atender todas las necesidades de los trabajadores, usted puede acudir ya sea a la defensoría del pueblo, la inspección de trabajo, el juzgado laboral, la personería municipal o la procuraduría general de la nación. los pasos a seguir son los siguientes:

En caso de presentarse problemas con las remuneraciones, usted puede acudir al inspector de trabajo con el fin de recibir asesoría y luego presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones y en ciertos casos puede intentar conciliar con la empresa. si desea mas información sobre este paso puedes llamar gratis a la línea nacional 018000513100 o la línea de atención del ministerio de trabajo 120.

Si esta intentando hacer una conciliación y no se encuentra el inspector de trabajo, usted puede dirigirse a la defensoría del pueblo o procuraduría. si el caso es ignorado o no tiene comunicación con ellos usted puede acudir al personero o juez municipal, sin embargo tenga en cuenta que estos entes de la administración pública no ordenarán el pago y reconocimiento de sus derechos laborales, solo brindaran asesoría para que usted actúe en nombre de su persona. para el reconocimiento y pago de las deudas acaecidas se debe presentar una demanda ante el juez laboral, quien decidirá las soluciones del conflicto.

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Si el empleado es un servidor publico o depende directamente de empresas publicas estatales y se encuentra en las mismas condiciones , puede actuar presentando una reclamación escrita ante la entidad que le esta vulnerando el derecho, indicando los motivos por las cuales se considera el derecho al pago a dichas obligaciones y prestaciones, y si no se llega a una solución favorable puede acudir a la conciliación administrativa ante los funcionarios de la procuraduría, esta solicitud de conciliación es la única que se debe realizar mediante abogados.

El derecho al trabajo está contemplado en la constitución política, y la remuneración por parte de los empleadores debe ser justa y a tiempo para evitar dolores de cabeza a los trabajadores, de no hacerlo se verán en la obligación de responder a las autoridades competentes por los daños causados a sus trabajadores. Lee también: Como funcionan las cesantías en Colombia

Fuente: El Tiempo